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Programa PIR : Guía de Formación de Especialistas
Posted by Administrador el 2007/5/15 18:10:00 (1924 reads)

Existe una Guía de Formación de Especialistas para la especialidad de Psicología Clínica elaborado por la Comisión Nacional de la Especialidad y aprobado por la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia.

http://www.msc.es/profesionales/formacion/docs/Psicologia_Clinica.pdf

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Programa PIR : Contrato PIR
Posted by Administrador el 2007/1/23 10:54:44 (3105 reads)

EL CONTRATO

El programa de Formación Especializada en Psicología Clínica tiene una duración de 3 años. Para ello, se suscribe el contrato de trabajo entre el residente, en condición de trabajador, y la entidad titular de la unidad docente acreditada donde se desarrollará el programa de formación, en condición de empleador o empresario.

La duración del contrato será de un año renovable, por iguales períodos durante el período que dure la formación, siempre que al final de cada año, el residente haya sido evaluado positivamente por el Cómite de Evaluación de la correspondiente Comisión de Docencia.

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Programa PIR : Rotaciones
Posted by Administrador el 2007/1/23 10:52:40 (2139 reads)

Para garantizar un adecuado nivel de experiencia profesional y formación del perfil del especialista, el programa de Formación Especializada de Psicología Clínica tiene como base principal la realización de un circuito de rotaciones. Las rotaciones se llevaran a cabo en los diversos dispositivos asistenciales especializados de Salud Mental debidamente acreditados.

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Programa PIR : Centros Docentes Acreditados
Posted by Administrador el 2007/1/23 10:50:19 (1735 reads)

Se puede ver un directorio completo de los centros docentes acreditados en la sección correspondiente de esta web:

Directorio de Centros Docentes Acreditados

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Programa PIR : Atención Continuada
Posted by Administrador el 2007/1/23 10:48:12 (3467 reads)

La atención continuada se refiere a la atención prestada por el personal sanitario a los usuarios de los servicios de salud de manera permanente y continuada (Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud).

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