
En esta sección de la web encontrarás las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre los temas afines a ANPIR, el examen PIR y la Psicología Clínica.
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Si bien por formación pregraduada la licenciatura en Psicología no es una profesión sanitaria, sí lo es por su formación especializada la Psicología Clínica, como viene recogido en el artículo 6.3 de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS). Ello es posible porque la Psicología tiene reconocido y creado un título de especialista sanitario, el de psicólogo clínico o especialista en Psicología Clínica, cuyo programa oficial facilita una formación directamente vinculada con la salud y específicamente dirigida al diagnóstico y tratamiento de los trastornos psicológicos y problemas psicopatológico que afectan al proceso salud/enfermedad de las personas en los tres procesos de atención (primaria, secundaria y terciaria).
En relación a los programas de postgrado conducentes a la obtención del título de Máster y que pueden realizar los licenciados en Psicología, el Real Decreto 56/2005 de 21 de enero, establece en su Disposición adicional novena sobre los títulos profesionales en Ciencias de la Salud que no podrán establecerse programas de postgrado que coincidan con los contenidos formativos y efectos profesionales de los títulos oficiales de especialistas en Ciencias de la Salud a que se refiere la Ley 44/2003, de 21 de noviembre de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS).
En el caso concreto de la Psicología, implica que no puede haber ningún máster que coincida ni con el programa formativo, ni con los efectos profesionales del título oficial de especialista en Psicología Clínica, única especialidad de la Psicología que tiene la consideración de profesión sanitaria. En conclusión, solamente aquellos psicólogos que hayan obtenido el título oficial de especialista en Psicología Clínica, mediante el sistema PIR o por cualquiera de las disposiciones transitorias establecidas en el RD 2490/1998 de 20 de noviembre, serán profesionales sanitarios.
La única restricción al ejercicio profesional del licenciado en Psicología es que dicho ejercicio se debe relacionar de manera directa con los conocimientos y competencias adquiridos durante la licenciatura. En otros términos, corresponde al licenciado en psicología determinar en el ejercicio de su profesión la derivación de las personas atendidas al especialista en Psicología Clínica cuando así lo requiera la complejidad del caso, sus características y particularidades concretas, las reglas de la buena práctica profesional y el propio código deontológico.
Para ejercer como especialista en Psicología Clínica sí será necesario estar en posesión de dicho título obtenido mediante la vía PIR o por cualquiera de las disposiciones transitorias establecidas en el RD 2490/1998 de 20 de noviembre.
Se trata de una jornada complementaria, fuera de la jornada ordinaria de trabajo, y se remunera como complemento de atención continuada.
El concepto general de atención continuada puede adoptar diferentes formas, según se establezca a través de la programación funcional del correspondiente centro. Las guardias comprenden la forma más predominante de atención continuada. No obstante, existen otras posibilidades de atención continuada como, por ejemplo, el mantenimiento de las tareas asistenciales de un dispositivo en horario de tarde por parte de su personal.
La duración máxima conjunta de los tiempos de trabajo correspondientes a la jornada complementaria y a la jornada ordinaria es de 48 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo semestral, salvo que mediante acuerdo, pacto o convenio colectivo se establezca otro cómputo.
Los facultativos y residentes de determinadas especialidades médicas y farmacéuticas que, por diferentes motivos, no se ven obligadas a funcionar ininterrumpidamente (microbiología, medicina preventiva, rehabilitación, farmacia hospitalaria, etc.), en lugar de realizar guardias, con frecuencia prestan atención continuada, trabajando varias tardes al mes. Si bien ya existen, en la actualidad, hospitales en los que los residentes de psicología clínica realizan guardias, la opción de realizar actividades en horario de tarde suele ser más factible en nuestra especialidad y permite, igualmente, equiparar nuestro salario al de las demás especialidades sanitarias.
Desde ANPIR, se ha elaborado un documento para solicitar personalmente al Presidente de Comisión de Docencia, al Jefe de Departamento/Servicio y Director del hospital que corresponda la regulación de los mecanismos necesarios para establecer la posibilidad de realizar actividad asistencial fuera de la jornada laboral establecida, en concepto de Atención Continuada y retribuida como tal en los términos correspondientes a su categoría profesional:
- Solicitud A.C. Presidente de La Comisión de Docencia
- Solicitud A.C. Director Departamento Salud
- Solicitud A.C. Jefe Servicio/Departamento de Salud Mental
*Para más información sobre la Atención Continuada puedes ponerte en contacto con la Sección de Residentes de ANPIR: residentes@anpir.org
El programa de Formación Especializada en Psicología Clínica tiene una duración de 3 años. Para ello, se suscribe el contrato de trabajo entre el residente, en condición de trabajador, y la entidad titular de la unidad docente acreditada donde se desarrollará el programa de formación, en condición de empleador o empresario.
La duración del contrato será de un año renovable, por iguales períodos durante el período que dure la formación, siempre que al final de cada año, el residente haya sido evaluado positivamente por el Cómite de Evaluación de la correspondiente Comisión de Docencia.
JORNADA LABORAL
El tiempo de trabajo y régimen de descansos del personal residente serán los establecidos en el ámbito de los respectivos servicios de salud, con algunas peculiaridades. Entre otras:
- La prestación de servicios docente-asistenciales del residente es en régimen de dedicación a tiempo completo. No podrán celebrarse contratos de trabajo del personal residente con jornada a tiempo parcial.
- La prestación de servicios será incompatible con la realización de cualquier otra actividad publica o privada.
- La jornada ordinaria de trabajo se determinará mediante convenio colectivo. La duración máxima de la jornada ordinaria no podrá exceder las 37,5 horas semanales de promedio en cómputo semestral, salvo que mediante acuerdo pacto o convenio se establezca otro cómputo.
RETRIBUCIONES
a) Sueldo base: su cuantía es la equivalente a la asignada, en concepto de sueldo base, al personal estatutario de los servicios de salud en función, en el caso de los residentes, del título universitario exigido para el ingreso en el correspondiente programa de formación.
b) Complemento de grado de formación: su percepción se devengará a partir del 2º curso de formación y está destinado a retribuir el nivel de conocimientos, así como la progresiva asunción de responsabilidades en el desempeño de las tareas asistenciales.
Su cuantía es porcentual respecto al sueldo:
- PIR 2º curso: 8%
- PIR 3er curso: 18%
c) Complemento de atención continuada: destinado a remunerar la atención a los usuarios de los servicios sanitarios de manera permanente y continuada, fuera de la jornada ordinaria.
d) Pagas extraordinarias: serán 2 pagas extraordinarias que se abonaran semestralmente, en los meses de junio y diciembre. El importe de cada una de ellas será como mínimo, de una mensualidad del sueldo y del complemento de formación.
* NOTA: El 21 de noviembre del 2005, el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas, acordaron por unanimidad subir una media del 18% las retribuciones de los residentes en formación. Este aumento se aplicará gradualmente en los próximos años
Más Información:
http://www.boe.es/boe/dias/2006/10/07/pdfs/A34864-34870.pdf
Las Becas ANPIR consisten en unas ayudas económicas para realizar estancias en centros de excelencia extranjeros durante la residencia en Psicología Clínica. Pueden optar a ellas cualquier residente de Psicología Clínica que tenga proyectada una esta estancia en un centro extranjero de prestigio.
b) ¿Qué es un centro de excelencia?
Cualquier centro que tenga un prestigio en un área determinada, tanto por los profesionales que trabajan en él como por el nivel de publicaciones. El propio comité evaluador valorará el prestigio, parte del sentido del proyecto consiste en justificar con datos el prestigio del centro.
c) ¿Por qué extranjero? ¿Vale un centro que esté en España si tiene prestigio internacional?
Ciertamente en España hay centros de prestigio internacional. Pero la idea de la beca es importar conocimientos y habilidades. Si se trata de un centro de prestigio en España, seguro que hay residentes que ya pasan por ahí. Estos residentes y los propios profesionales de esos centros nos darán la oportunidad de conocerlos. La residencia es momento idóneo para realizar una estancia en el extranjero dentro de una carrera profesional y beca pretende estimular esas estancias en particular, asumiendo que las rotaciones en el extranjero también motivan rotaciones externas “nacionales”. Por otro lado, las rotaciones en el extranjero son generalmente más costosas, y no sólo en un sentido crematístico.
d) No soy socio de ANPIR, ¿puedo solicitar una beca?
SI. Basta con ser residente de Psicología Clínica. Se puede ver en las bases que ser socio, la antigüedad y la participación en la asociación puntúan en uno de los apartados, pero no condicionan la valoración del resto. Por supuesto, para poder realizar iniciativas como éstas es vital contar con el mayor número de socios. Ésta es sólo una de las muchas iniciativas de ANPIR por consolidar el sistema de residencia y garantizar que los psicólogos clínicos reciban la mejor formación y la mayor consideración profesional. También puedes ser socio y no solicita la beca. Así sucede en la mayoría de las instituciones que conceden becas.
e) ¿Puedo hacerme socio y solicitar la beca a la vez?
SI. Cumpliendo con los trámites como corresponda. Se puntuará en la solicitud el ser socio, pero no la antigüedad, claro.
f) ¿Becas… cuántas? ¿Cuál es la dotación económica?
El número de becas por año es variable hasta un máximo de tres. La dotación es variable, depende de los proyectos presentados, de los candidatos elegidos, del presupuesto de la asociación. En cualquier caso, la dotación mínima es de 1000€.
g) ¿Cuáles son los plazos?
Los que se fijen en la convocatoria. La idea es que quede cubierto todo el año. Siempre es necesario presentar la solicitud antes de iniciar la rotación, aunque sea antes de que termine el plazo.
h) Mi currículo no es brillante, ¿merece la pena intentarlo?
SI. Si el proyecto es bueno, no deberías dejar de intentarlo. La gran mayoría de los residentes están empezando su carrera profesional y no han tenido tiempo de acumular grandes méritos curriculares.
i) Si hago dos estancias durante la residencia, ¿puedo solicitar dos becas?
Sí. La idea de la beca es ayudar a realizar estancias en el extranjero. Que recibas la ayuda depende, en parte, de los otros proyectos presentados. En lógica, quizá no es probable que recibas dos becas, pero puede ser siempre que se refieran a convocatorias distintas. Si un candidato presentase dos proyectos dentro de la misma convocatoria, sólo podría becarse uno de ellos, y se valorarían conjuntamente.
j) ¿Si me la conceden y no me voy? ¿Y si me voy antes de finalizar el tiempo proyectado?
Las becas se conceden a proyectos en la confianza de que se realizan tal y como fueron presentados. Si uno no se va, no debe recibir cantidad alguna, que en principio se abonan durante la estancia. Si no realiza el proyecto por decisión propia, debería devolver la cantidad concedida. Corresponde en todo caso a la Junta Directiva de ANPIR decidir sobre los casos particulares que pudieran darse.
k) ¿A qué me comprometo?
Principalmente, a realizar el proyecto del mejor modo posible. También a justificar ante la Junta Directiva la realización de la actividad, y en particular a entregar una memoria de la estancia tras su finalización. Por otro lado, como corresponde en cualquier beca o ayuda, es una obligación del beneficiario reconocer la financiación en cualquier producción científica que se haya realizado, total o parcialmente, gracias a ella.
l) ¿Se convocan todos los años?
No hay garantías, claro. No existen fuentes de financiación inagotables. La primera convocatoria de las becas fue en octubre del 2005, y el sentido de las becas, más allá de prestar una ayuda individual, es potenciar una práctica; sólo después de unos cuántos años podremos valorar su eficacia y su utilidad. La idea inicial es mantenerlas como señas de identidad de la Asociación, por lo que se tratará de que las convocatorias sean regulares.
Si tienes más preguntas sobre las becas ANPIR, envíanoslas a la Sección de Docencia e Investigación: formación@anpir.org













